Para realizar la partición voluntaria en escritura pública deberán entregarse en la Notaría los siguientes documentos:
- El testamento o la declaración de herederos.
- Certificado de Últimas Voluntades.
- Certificado de defunción del fallecido.
- Títulos de propiedad de los bienes del fallecido (inmuebles, acciones, derechos de propiedad intelectual o industrial, créditos a su favor, etc.), ya se trate de escrituras públicas o de documentos privados.
- Recibo de contribución (I.B.I.) o cédula parcelaria de los inmuebles.
- Certificados bancarios que acrediten el dinero en efectivo o las participaciones en fondos o depósitos financieros de cualquier tipo de que era titular el fallecido.
- Documentos de cualquier tipo de los que resulten las deudas y cargas de la herencia.